ACUERDO PLENARIO ANTE UNA SENTENCIA POR IMPAGO DE 2015

El Ayuntamiento de Bormujos ha acordado en pleno celebrado este jueves 28 de junio, interponer las acciones que a su derecho tuviere por conveniente, incluso presentar la oportuna denuncia o querella frente al que fuera concejal delegado de Fiestas Mayores durante el mandato del Partido Popular, en 2015. 
Una decisión adoptada tras la sentencia 136/2018 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº14 de Sevilla, notificada el 25 de mayo de este año, por la que se condena al Ayuntamiento a abonar una factura de 21.659 euros por el “alquiler, montaje, mantenimiento y desmontaje de un pino para colocar en rotonda durante las fiestas de Navidad y Reyes de 2014-2015”.
La sentencia ha obligado a aprobar un reconocimiento extrajudicial de crédito, con el consiguiente impacto negativo en las partidas presupuestarias de la Delegación de Fiestas para el ejercicio 2018 y deja en evidencia que el responsable de éste área, durante la etapa en que la popular Ana Hermoso era alcaldesa, “no siguió ninguna de las fases obligatorias” en la formalización del contrato con el proveedor y, a pesar de todo, “la factura fue finalmente conformada”. Considera la juzgadora que el empresario tiene el derecho al cobro y “es problema del Ayuntamiento que el gasto no se haya hecho de forma correcta”.
El dictamen declara que el concejal de Fiestas “es el responsable” y el Ayuntamiento debería actuar por “conducta desleal y hasta posiblemente delictiva”. Según explica la sentencia, el edil solicitó un primer presupuesto de 20.570 euros y un segundo por 21.659 y, a pesar de superar los 3.000 euros no aportó los tres presupuestos preceptivos. 
A raíz de estos presupuestos, la intervención municipal emitió dos informes alertando de “vicios de anulabilidad por insuficiencia de crédito, falta de proyecto o informe técnico que justifique el precio y por indicios de fraccionamiento ilícito, vulnerando además los principios de publicidad y concurrencia”, ante lo que se anularon los presupuestos por parte del concejal, anunciando que no se llevaría a cabo el servicio.
Posteriormente, concejal presentó un nuevo presupuesto con un concepto distinto pero de idéntica cuantía, 21.659 euros, sin informe ni expediente. El servicio se llevó a cabo y se colocó un árbol de Navidad en la rotonda, por el que la empresa presentó su factura.
Por todo ello, la sentencia obliga a su pago al Ayuntamiento y “otorga la venia a la corporación municipal para interponer las acciones que a su derecho tuviere por conveniente, incluso presentar la oportuna denuncia o querella frente al concejal”